4

Las Mujeres

النساء An-Nisa
Aya 13

Versículo (Español)

[4:13] Estas son las leyes de Dios. A quien obedezca a Dios y a Su Mensajero, Él lo introducirá en jardines donde corren ríos, donde vivirá por toda la eternidad. Éste es el éxito supremo.

Tafsir de Ibn Kathir

{Esos son los límites de Allah. Y a quien obedezca a Allah y a Su Mensajero, Él lo hará entrar en jardines por debajo de los cuales corren los ríos, donde permanecerán eternamente. Y ese es el triunfo inmenso} (13) Es decir: Estas obligaciones y proporciones que Allah estableció para los herederos según su cercanía al difunto, su necesidad de él y la pérdida que les supone cuando falta, son los límites de Allah; no los transgredáis ni los sobrepaséis. Por eso dijo: {Y a quien obedezca a Allah y a Su Mensajero} es decir: en ello; de modo que no aumente a algunos herederos ni [6770] disminuya a otros mediante ardid o medio alguno, sino que los deje conforme al juicio de Allah, Su obligación prescrita y Su reparto: {lo hará entrar en jardines por debajo de los cuales corren los ríos, donde permanecerán eternamente. Y ese es el triunfo inmenso. Y a quien desobedezca a Allah y a Su Mensajero y transgreda Sus límites, Él lo hará entrar en un fuego, donde permanecerá eternamente, y tendrá un castigo humillante}. Es decir: por haber cambiado lo que Allah decretó y por oponerse a Allah en Su حکم. Esto no procede sino de [6771] la falta de satisfacción con lo que Allah repartió y decretó; por eso lo retribuye con la humillación en el castigo doloroso y permanente.

Dijo el imán Ahmad: Nos narró ‘Abd ar-Razzāq; nos informó Ma‘mar, de Ayyūb, de Ash‘ath ibn ‘Abd Allāh, de Shahr ibn Hawshab, de Abū Hurayra, que dijo: Dijo el Mensajero de Allah —que Allah le bendiga y le conceda paz—: «Ciertamente, el hombre realiza la obra de la gente del bien durante setenta años; pero cuando hace testamento, comete injusticia en su testamento, y se sella [6772] con lo peor de su obra, y entra en el Fuego. Y ciertamente el hombre realiza la obra de la gente del mal durante setenta años; pero es justo en su testamento, y se sella para él con lo mejor de su obra, y entra [6773] en el Paraíso». Dijo: Luego Abū Hurayra dice: «Leed, si queréis: {Esos son los límites de Allah} hasta Su dicho: {un castigo humillante}» [6774]

[ Y ] [6775] Dijo Abū Dāwūd, en el capítulo sobre perjudicar en el testamento, de [6776] su Sunan: nos narró ‘Abda [6777] ibn ‘Abd Allāh; nos informó ‘Abd aṣ-Ṣamad; nos narró [ Naṣr ] [6778] ibn ‘Alī al-Ḥuddānī; nos narró al-Ash‘ath ibn ‘Abd Allāh ibn Jābir al-Ḥuddānī; me narró Shahr ibn Ḥawshab: que Abū Hurayra le narró que el Mensajero de Allah —que Allah le bendiga y le conceda paz— dijo: «Ciertamente, el hombre —o la mujer— obra en obediencia a Allah durante sesenta años; luego les llega la muerte y perjudican en el testamento, y el Fuego se hace obligatorio para ambos». Y dijo: Abū Hurayra me recitó desde aquí: {después de un testamento que se haga o de una deuda, sin perjudicar} hasta que llegó a: [ Y ] [6779] Y ese es el triunfo inmenso}.

Y así [6780] lo transmitieron at-Tirmidhī e Ibn Mājah, por la vía del hadiz de Ibn ‘Abd Allāh ibn Jābir al-Ḥuddānī, con él. Y at-Tirmidhī dijo: «Hasan, gharīb»; y la redacción del imán Ahmad es más completa y más perfecta [6781]

[6770] :en جـ, ر, أ: «ولا» [6771] :en جـ, ر: «من». [6772] :en جـ, ر, أ: «فيختم له». [6773] :en ر: «فيدخله» [6774] :Al-Musnad (2/278). [6775] :adición de جـ, ر, أ. [6776] :en جـ, أ: «في». [6777] :en ر: «عبيدة». [6778] :adición de جـ, ر, أ. [6779] :adición de جـ. [6780] :en أ: «وكذا». [6781] :Sunan de Abū Dāwūd con el número (2867), Sunan de at-Tirmidhī con el número (2117) y Sunan de Ibn Mājah con el número (2704).

Notas y Referencias

[6770] En جـ, ر, أ: «ولا».

[6771] En جـ, ر: «من».

[6772] En جـ, ر, أ: «فيختم له».

[6773] En ر: «فيدخله».

[6774] Al-Musnad (2/278).

[6775] Adición de جـ, ر, أ.

[6776] En جـ, أ: «في».

[6777] En ر: «عبيدة».

[6778] Adición de جـ, ر, أ.

[6779] Adición de جـ.

[6780] En أ: «وكذا».

[6781] Sunan de Abū Dāwūd, n.º (2867); Sunan de at-Tirmidhī, n.º (2117); y Sunan de Ibn Mājah, n.º (2704).