La Vaca
البقرة Al-BaqarahVersículo (Español)
[2:283] Si estuvieran de viaje y no encontraran un escribano, pueden tomar algo en garantía. Pero si existe una confianza mutua, no hacen mal en no poner por escrito la deuda ni tomar una garantía, y tengan temor de Dios. Que nadie se niegue a prestar testimonio cuando sea convocado, porque quien lo oculta tiene un corazón malvado. Y Dios sabe cuanto hacen.
Tafsir de At-Tabari
{۞وَإِن كُنتُمۡ عَلَىٰ سَفَرٖ وَلَمۡ تَجِدُواْ كَاتِبٗا فَرِهَٰنٞ مَّقۡبُوضَةٞۖ فَإِنۡ أَمِنَ بَعۡضُكُم بَعۡضٗا فَلۡيُؤَدِّ ٱلَّذِي ٱؤۡتُمِنَ أَمَٰنَتَهُۥ وَلۡيَتَّقِ ٱللَّهَ رَبَّهُۥۗ وَلَا تَكۡتُمُواْ ٱلشَّهَٰدَةَۚ وَمَن يَكۡتُمۡهَا فَإِنَّهُۥٓ ءَاثِمٞ قَلۡبُهُۥۗ وَٱللَّهُ بِمَا تَعۡمَلُونَ عَلِيمٞ} (283)
La exposición sobre la interpretación de la palabra del Altísimo:
{ Y si estáis de viaje y no halláis escribano, entonces prenda tomada en posesión. Y si alguno de vosotros confía en otro, que aquel a quien se confió entregue su depósito, y que tema a Dios, su Señor. Y no ocultéis el testimonio; y quien lo oculte, ciertamente su corazón es pecador. Y Dios, de lo que hacéis, es Omnisciente }
Los recitadores discreparon acerca de la lectura de ello. Los recitadores de todas las metrópolis lo leyeron:
«kātiban»
con el sentido de: “y no halláis a quien os escriba el documento de la deuda que contrajisteis hasta un plazo determinado”,
«farahān maqbūḍah».
Y un grupo de los antiguos lo leyó:
«y no halláis kitāban»,
con el sentido de: “y no tenéis modo de hacer escribir el documento de la deuda”, ya sea por la imposibilidad de hallar tintero y hoja, o por la imposibilidad de hallar escribano aunque encontréis tintero y hoja.
La lectura que, a nuestro juicio, no admite otra distinta es la lectura de las metrópolis:
{ y no halláis kātiban }
con el sentido de: “a quien escriba”, porque así está en los códices de los musulmanes. Y si vosotros, los que contraéis deudas, estáis de viaje de modo que no halláis escribano que os escriba, y no tenéis modo de hacer escribir entre vosotros el documento de la deuda que contrajisteis hasta un plazo determinado —aquel cuya redacción y testificación os ordené—, entonces tomad en prenda, por vuestras deudas contraídas hasta el plazo determinado, prendas que recibáis en posesión de aquel con quien os endeudáis, para que sea garantía para vosotros respecto de vuestros bienes.
Mención de quienes dijeron lo que hemos dicho sobre ello:
Me contó al-Muthannā,
dijo:
nos transmitió Isḥāq,
dijo:
nos transmitió Abū Zuhayr, de Juwaybir,
de al-Ḍaḥḥāk, acerca de Su palabra:
{ Y si estáis de viaje y no halláis escribano, entonces prendas tomadas en posesión }
Quien esté de viaje y realice una compraventa a plazo y no halle escribano, se le concedió licencia para la prenda tomada en posesión; pero si halla escribano, no le es lícito tomar prenda.
Se me transmitió de ʿAmmār,
dijo:
nos transmitió Ibn Abī Jaʿfar, de su padre,
de al-Rabīʿ, acerca de Su palabra:
{ Y si estáis de viaje y no halláis escribano }
esto es: un escribano que os escriba,
«entonces prendas tomadas en posesión».
Me contó Yaḥyà b. Abī Ṭālib,
dijo:
nos informó Yazīd,
dijo:
nos informó Juwaybir, de al-Ḍaḥḥāk,
dijo:
En toda compraventa a plazo, Dios —Poderoso y Majestuoso— ordenó que se escriba y se testifique, y eso es en la residencia. Pero si unas gentes están de viaje y comercian a plazo y no hallan
( un escribano )
entonces, prendas tomadas en posesión.
Mención de la opinión de quien lo interpretó conforme a la lectura que hemos referido:
Nos transmitió Abū Kurayb,
dijo:
nos transmitió Hushaym,
dijo:
nos informó Yazīd b. Abī Ziyād, de Miqsam,
de Ibn ʿAbbās:
“Si no halláis kitāban”,
esto es, por “kitāb” entiende:
el escribano, la hoja, el tintero y la pluma.
Me contó Yaʿqūb,
dijo:
nos transmitió Ibn ʿUlayyah,
dijo:
nos informó Ibn Jurayj,
dijo:
me informó mi padre,
de Ibn ʿAbbās que él recitaba:
«si no halláis kitāban»,
dijo:
Tal vez el hombre halle la hoja y no halle escribano.
Me contó Yaʿqūb,
dijo:
nos transmitió Ibn ʿUlayyah,
dijo:
nos transmitió Ibn Abī Najīḥ, de Mujāhid:
él la recitaba:
«si no halláis kitāban»,
y decía:
Tal vez se halle el escribano y no se halle la hoja o la tinta; y expresiones semejantes.
Me contó al-Muthannā,
dijo:
nos transmitió Abū Ḥudhayfah,
dijo:
nos transmitió Shibl, de Ibn Abī Najīj,
de Mujāhid:
«Y si estáis de viaje y no halláis kitāban»
esto es: tinta; así la recitaba,
y decía:
Si no halláis tinta, entonces es cuando hay prendas tomadas en posesión,
{ entonces prendas tomadas en posesión }
Dijo:
No hay prenda sino en el viaje.
Me contó al-Muthannā,
dijo:
nos transmitió al-Ḥajjāj,
dijo:
nos transmitió Ḥammād b. Zayd, de Shuʿayb b. al-Ḥabḥāb,
dijo:
Abū al-ʿĀliyah la recitaba:
«si no halláis kitāban».
Dijo Abū al-ʿĀliyah:
Se halla el tintero y no se halla la hoja.
Y los recitadores discreparon acerca de la lectura de Su palabra:
{ farīhān maqbūḍah }
La mayoría de los recitadores del Ḥijāz y de Iraq lo leyeron:
{ farīhān maqbūḍah }
con el sentido de plural de “rahn”, como “kibāsh” es plural de “kabsh”, y “bighāl” plural de “baghl”, y “niʿāl” plural de “naʿl”.
Y otro grupo lo leyó:
«faruhun maqbūḍah»
con el sentido de plural de “rihān”, siendo “ruhn” el plural del plural; y algunos lo orientaron a que es plural de “rahn”, como “saqf” y “suquf”.
Y otros lo leyeron:
{ ruhn }
con la hā’ aligerada, con el sentido de plural de “rahn”,
como se pluraliza “saqf” en “suqfan”¹. Dijeron:
No conocemos un nombre en el patrón “faʿl” que se pluralice en “fuʿul” y “fuʿl” salvo “al-rahn” y “al-ruhn”, y “al-suqf” y “al-suqf”.
Lo más correcto en esto es la lectura de quien lo recita:
{ farīhān maqbūḍah }
porque ese es el plural conocido de lo que procede de un nombre en el patrón “faʿl”, como se dice “ḥabl/ḥibāl” y “kaʿb/kiʿāb”, y otros nombres semejantes. En cuanto al plural de “faʿl” en “fuʿul” o “fuʿl”, es anómalo y escaso; sólo ha venido en unas pocas palabras. Se dice “saqf/suquf” y “suqf”, y “qalb/qulub” y “qulb” del corazón de la palmera, y “jadd/judd” para “jadd” en el sentido de suerte. Y en cuanto a lo que vino del plural de “faʿl” en “fuʿl”: “fathṭ/fuṭṭ”, y “ward/wurd”, y “khawd/khūd”.
Y lo que llevó —según creo— a quien lo recitó:
«faruhn maqbūḍah»
a recitarlo así, pese a su anomalía en el plural de “faʿl”, es que halló “al-rihān” usado para las apuestas de caballos, y quiso apartarlo de la expresión ambigua con “rihān al-khayl”, que no tiene el sentido de “al-rihān” que es plural de “rahn”; y halló “al-ruhun” dicho como plural de “rahn”,
como dijo Qaʿnab:
Banat Suʿādu wa-amsà dūnahā ʿAdanu *** wa-ghuliqat ʿindahā min qalbika al-ruhun
La exposición sobre la interpretación de Su palabra, el Altísimo:
{ Y si alguno de vosotros confía en otro, que aquel a quien se confió entregue su depósito, y que tema a Dios, su Señor }
Con ello —glorificado sea— quiere decir:
Si el deudor es digno de confianza ante el dueño del capital y de la deuda, y éste no toma de él, en su viaje, prenda por su deuda, por la confianza que le merece respecto de su bien y por su seguridad en él, entonces que tema a Dios el deudor, a su Señor;
es decir:
que tema a Dios, su Señor, respecto de la deuda que tiene con su compañero: no la niegue, ni la demore, ni intente apropiársela, exponiéndose así a un castigo de Dios que no podría soportar; y que entregue su deuda a aquel que se la confió. Ya hemos mencionado la opinión de quien dijo que este dictamen de Dios —Poderoso y Majestuoso— abroga los dictámenes contenidos en la aleya anterior, relativos a la orden de Dios —Poderoso y Majestuoso— de los testigos y la escritura; y hemos demostrado cuál es la opinión más correcta al respecto, lo cual hace innecesario repetirlo aquí.
Y se ha:
Me contó Yaḥyà b. Abī Ṭālib,
dijo:
nos informó Yazīd,
dijo:
nos informó Juwaybir,
de al-Ḍaḥḥāk, acerca de Su palabra:
{ Y si alguno de vosotros confía en otro, que aquel a quien se confió entregue su depósito }
Ciertamente con ello se refiere al viaje; en cuanto a la residencia, no: si dispone de escribano, no le es lícito tomar prenda ni confiar unos en otros.
Esto que dijo al-Ḍaḥḥāk —que no le es lícito al dueño de la deuda confiar en el deudor cuando tiene acceso al escribano, a la escritura y a la testificación, aunque estén de viaje— es tal como dijo, por lo que ya hemos demostrado su corrección anteriormente.
En cuanto a lo que dijo sobre la prenda, equiparándola a la confianza, afirmando que no le es lícito al titular del derecho tomar prenda por su bien si tiene acceso al escribano y al testigo, en residencia o viaje: es una opinión sin sentido, por la autenticidad del reporte del Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— de que:
«compró alimento a plazo y dejó en prenda una cota de malla suya».
Así pues, es lícito al hombre dar en prenda por lo que debe, y tomar en prenda por el derecho que tiene, tanto en viaje como en residencia, por la autenticidad del reporte que hemos mencionado del Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz—; y es sabido que el Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz—, cuando dio en prenda lo que hemos mencionado, no carecía de escribano ni de testigo, pues en su ciudad nunca le fue imposible en tiempo alguno hallar escribano y testigo. Sin embargo, si ambos realizan una transacción con prenda, entonces lo obligatorio para ellos, cuando hallen modo de acceder a escribano y testigo, y la compraventa o la deuda sea hasta un plazo determinado, es que lo escriban y testifiquen sobre el bien y la prenda. Sólo es lícito omitir al escribano y la testificación cuando no tienen modo de ello.
La exposición sobre la interpretación de Su palabra, el Altísimo:
{ Y no ocultéis el testimonio; y quien lo oculte, ciertamente su corazón es pecador. Y Dios, de lo que hacéis, es Omnisciente }
Este es un خطاب de Dios —Poderoso y Majestuoso— dirigido a los testigos cuya presencia como testigos ordenó al deudor y al dueño del capital,
diciéndoles:
Y que los testigos no se nieguen cuando sean llamados; y no ocultéis, oh testigos, después de haber testificado, vuestro testimonio ante los jueces, tal como testificasteis sobre aquello sobre lo que testificasteis¹; antes bien, responded a aquel en cuyo favor testificasteis cuando os llame para establecer vuestro testimonio contra su adversario acerca de su derecho ante el juez que le hará obtener su derecho. Luego, el Testigo —glorificado sea— informó al testigo de lo que pesa sobre él por ocultar su testimonio y por rehusar prestarlo y cumplirlo cuando el que solicitó su testimonio necesita que lo cumpla ante un juez o una autoridad,
diciendo:
{ y quien lo oculte }
esto es: quien oculte su testimonio,
{ ciertamente su corazón es pecador }
esto es:
su corazón es depravado, adquiriendo por ocultarlo desobediencia a Dios.
Como:
Me contó al-Muthannā,
dijo:
nos informó Isḥāq, dijo: nos transmitió Ibn Abī Jaʿfar, de su padre,
de al-Rabīʿ, acerca de Su palabra:
{ Y no ocultéis el testimonio; y quien lo oculte, ciertamente su corazón es pecador }
No le es lícito a nadie ocultar un testimonio que posee, aunque sea contra sí mismo o contra los padres; y quien lo oculte, ciertamente ha incurrido en un pecado enorme.
Me contó Mūsà,
dijo:
nos transmitió ʿAmr,
dijo:
nos transmitió Asbāṭ, de al-Suddī,
acerca de Su palabra:
{ y quien lo oculte, ciertamente su corazón es pecador }
Dijo: su corazón es depravado.
Me contó al-Muthannā,
dijo:
nos transmitió Abū Ṣāliḥ,
dijo:
me transmitió Muʿāwiyah, de ʿAlī, de Ibn ʿAbbās,
dijo:
Los mayores pecados capitales son asociar copartícipes a Dios, porque Dios dice:
{ Y quien asocie copartícipes a Dios, ciertamente Dios le ha vedado el Paraíso y su morada será el Fuego }
y el falso testimonio, y ocultar el testimonio, porque Dios —Poderoso y Majestuoso— dice:
{ y quien lo oculte, ciertamente su corazón es pecador }
Y se ha transmitido de Ibn ʿAbbās que solía decir:
Al testigo le incumbe testificar allí donde se le solicite testimonio e informar de ello allí donde se le pida información.
Me contó al-Muthannā,
dijo:
nos transmitió Suwayd,
dijo:
nos informó Ibn al-Mubārak, de Muḥammad b. Muslim,
dijo:
nos informó ʿAmr b. Dīnār, de Ibn ʿAbbās,
dijo:
Si tienes un testimonio y te preguntan por él, infórmale de ello,
y no digas:
“Infórmalo ante el emir”; infórmale de ello, quizá recapacite o se contenga.
En cuanto a Su palabra:
{ Y Dios, de lo que hacéis, es Omnisciente }
quiere decir: Él sabe lo que hacéis en vuestro testimonio, ya sea establecerlo y cumplirlo, o bien ocultarlo cuando quien os solicitó testimonio lo necesita; y también lo demás de los secretos de vuestras obras y lo manifiesto de ellas.
{ Omnisciente }
lo registra contra vosotros para retribuiros por todo ello con vuestra retribución: o bien bien, o bien mal, según lo que merezcáis.