9

El Arrepentimiento

التوبة At-Tawbah
Aya 29

Versículo (Español)

[9:29] Luchen contra quienes no creen en Dios ni en el Día del Juicio, no respetan lo que Dios y Su Mensajero han vedado y no siguen la verdadera religión [el Islam] de entre aquellos de la Gente del Libro [que los hayan agredido], a menos que acepten pagar un impuesto con humildad.

Tafsir de Al-Qurtubi

{قَٰتِلُواْ ٱلَّذِينَ لَا يُؤۡمِنُونَ بِٱللَّهِ وَلَا بِٱلۡيَوۡمِ ٱلۡأٓخِرِ وَلَا يُحَرِّمُونَ مَا حَرَّمَ ٱللَّهُ وَرَسُولُهُۥ وَلَا يَدِينُونَ دِينَ ٱلۡحَقِّ مِنَ ٱلَّذِينَ أُوتُواْ ٱلۡكِتَٰبَ حَتَّىٰ يُعۡطُواْ ٱلۡجِزۡيَةَ عَن يَدٖ وَهُمۡ صَٰغِرُونَ} (29) En ella hay quince cuestiones:

La primera.— Su dicho, Altísimo sea: «Combatid a quienes no creen en Dios ni en el Último Día». Cuando Dios —ensalzado sea— prohibió a los incrédulos acercarse a la Mezquita Sagrada, los musulmanes sintieron en sí mismos lo que se les había cortado del comercio que los asociadores solían aportar; y dijo Dios —poderoso y majestuoso—: «Y si teméis pobreza» [At-Tawba: 28], la aleya, según lo ya expuesto. Luego, en esta aleya, hizo lícita la yizia, la cual no se había tomado antes de ello, y la estableció como compensación por lo que se les impidió de la afluencia de los asociadores con su comercio. Así dijo Dios —poderoso y majestuoso—: «Combatid a quienes no creen en Dios ni en el Último Día», la aleya. Ordenó —glorificado y exaltado sea— combatir a todos los incrédulos por su asentimiento unánime[7923] a esta descripción; y mencionó en particular a la Gente del Libro por deferencia hacia su Libro, y por ser ellos conocedores de la unicidad, de los mensajeros, de las legislaciones y de las religiones; y, en particular, del recuerdo de Muḥammad —Dios le bendiga y le conceda paz—, de su religión y de su comunidad. Cuando lo negaron, se hizo más concluyente contra ellos la prueba y se agravó su delito; por ello señaló su condición, y luego fijó para el combate un término: el pago de la yizia en lugar de la muerte. Y esto es lo correcto. Dijo Ibn al-ʿArabī: Oí a Abū l-Wafāʾ ʿAlī b. ʿAqīl, en una sesión de debate, recitarla y argumentar con ella. Dijo: «Combatid»: esto es una orden de castigo. Luego dijo: «a quienes no creen»: esto es una exposición del pecado que hizo obligatorio el castigo. Y su dicho: «ni en el Último Día» es un refuerzo del pecado en el ámbito de la creencia. Luego dijo: «y no prohíben lo que Dios y Su Mensajero han prohibido»: incremento del pecado por la contravención en las obras. Luego dijo: «y no profesan la religión de la verdad»: indicación de reforzar la desobediencia mediante la desviación, la obstinación y la altivez frente a la sumisión. Luego dijo: «de entre quienes recibieron el Libro»: refuerzo de la prueba, pues lo hallaban escrito en la Torá y el Evangelio. Luego dijo: «hasta que paguen la yizia de propia mano»: expuso el término hasta el cual se extiende el castigo y determinó el sustituto por el cual cesa.

La segunda.— Los sabios discreparon acerca de de quién se toma la yizia. Dijo aš-Šāfiʿī —Dios tenga misericordia de él—: No se acepta la yizia sino de la Gente del Libro exclusivamente, sean árabes o no árabes, por esta aleya; pues ellos son los que fueron mencionados de manera específica, y el dictamen se dirige a ellos y no a otros, por el dicho de Dios —poderoso y majestuoso—: «Matad a los asociadores dondequiera que los encontréis»[7924][At-Tawba: 5]. Y no dijo: «hasta que paguen la yizia», como sí dijo respecto de la Gente del Libro. Y dijo: Se acepta de los magos por la Sunna[7925] En ello coincidieron Aḥmad y Abū Ṯawr. Es la doctrina de aṯ-Ṯawrī y de Abū Ḥanīfa y sus compañeros. Dijo al-Awzāʿī: Se toma la yizia de todo adorador de ídolo o de fuego, o de todo negador o desmentidor. Asimismo es la doctrina de Mālik: él consideró que la yizia se toma de todas las clases de asociación y negación, árabe o no árabe, taglibí o qurayší, sea quien sea, excepto el apóstata. Dijeron Ibn al-Qāsim, Ašhab y Saḥnūn: Se toma la yizia de los magos de los árabes y de todas las naciones. En cuanto a los adoradores de ídolos de entre los árabes, no estableció Dios para ellos yizia, y no quedará sobre la tierra ninguno de ellos: para ellos no hay sino el combate o el islam. Y se encuentra atribuido a Ibn al-Qāsim: que se toma de ellos la yizia, como dice Mālik. Esto está en at-Tafrīʿ de Ibn al-Ǧallāb, y es una posibilidad sin texto explícito. Dijo Ibn Wahb: No se acepta la yizia de los magos de los árabes, y se acepta de otros. Dijo: porque no hay en los árabes mago alguno sino que todos se islamizaron; quien se halle entre ellos en algo distinto del islam es apóstata, y se le mata en todo caso si no se islamiza, y no se acepta de ellos yizia. Dijo Ibn al-Ǧahm: Se acepta la yizia de todo el que profese una religión distinta del islam, excepto aquello sobre lo que hay consenso respecto de los incrédulos de Qurayš. Y mencionó en la justificación de ello que es un ennoblecimiento para ellos frente a la humillación y el abatimiento, por su relación con el Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz—. Y otros dijeron: Eso se debe únicamente a que todos ellos se islamizaron el día de la conquista de La Meca. Y Dios sabe más.

La tercera.— En cuanto a los magos, dijo Ibn al-Munḏir: No conozco discrepancia en que se toma de ellos la yizia. En al-Muwaṭṭaʾ: Mālik, de Ǧaʿfar b. Muḥammad, de su padre, que ʿUmar b. al-Ḫaṭṭāb mencionó el asunto de los magos y dijo: No sé cómo proceder en su caso. Entonces ʿAbd ar-Raḥmān b. ʿAwf dijo: Doy testimonio de que oí al Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— decir: «Tratadlos conforme a la práctica de la Gente del Libro». Dijo Abū ʿUmar: es decir, específicamente en la yizia. Y en el dicho del Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz—: «Tratadlos conforme a la práctica de la Gente del Libro» hay prueba de que no son Gente del Libro. Sobre esto está la mayoría de los juristas. Se transmitió de aš-Šāfiʿī que ellos habían sido Gente del Libro y luego alteraron. Y creo que en ello se apoyó en algo transmitido de ʿAlī b. Abī Ṭālib —Dios esté complacido con él— por una vía débil, que gira en torno a Abū Saʿīd al-Baqqāl; lo mencionó ʿAbd ar-Razzāq y otros. Dijo Ibn ʿAṭiyya: Y se transmitió que, ciertamente, fue enviado entre los magos un profeta llamado Zarādašt. Y Dios sabe más.

La cuarta.— Dios —glorificado y exaltado sea— no mencionó en Su Libro una cuantía para la yizia tomada de ellos. Los sabios discreparon acerca de la cuantía de la yizia tomada de ellos. Dijo ʿAṭāʾ b. Abī Rabāḥ: No hay fijación en ella; es según aquello sobre lo que se pacte con ellos. Así dijeron también Yaḥyā b. Ādam, Abū ʿUbayd y aṭ-Ṭabarī, salvo que aṭ-Ṭabarī dijo: su mínimo es un dinar y su máximo no tiene límite. Argumentaron con lo que transmitieron los autores de los Ṣaḥīḥ de ʿAmr b. ʿAwf: que el Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— pactó con la gente de Baḥrayn la yizia. Dijo aš-Šāfiʿī: un dinar para rico y pobre, de entre los libres adultos, sin que se disminuya nada de ello. Y argumentó con lo que transmitieron Abū Dāwūd y otros de Muʿāḏ: que el Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— lo envió al Yemen y le ordenó tomar de cada adulto un dinar como yizia. Dijo aš-Šāfiʿī: y esto es lo que esclarece, de parte de Dios —altísimo sea—, Su intención. Y es la opinión de Abū Ṯawr. Dijo aš-Šāfiʿī: si se pacta con ellos por más de un dinar, es válido; y si aumentan y lo hacen de buen grado, se les acepta. Y si se pacta con ellos por la hospitalidad de tres días, es válido, si la hospitalidad está determinada en pan, cebada y paja[7926] y condumio; y mencionó lo que corresponde al término medio de ello y lo que corresponde al acomodado, y mencionó el lugar de alojamiento y el abrigo frente al frío y al calor. Dijo Mālik, según lo transmitieron de él Ibn al-Qāsim, Ašhab y Muḥammad b. al-Ḥāriṯ b. Zanjūyah: que son cuatro dinares para la gente del oro y cuarenta dírhams para la gente de la plata, rico y pobre por igual, aunque sea mago; no se aumenta ni se disminuye respecto de lo que ʿUmar impuso: no se toma de ellos otra cosa. Y se ha dicho: al débil se le aligera según lo que el imām considere. Dijo Ibn al-Qāsim: no se disminuye lo impuesto por ʿUmar por estrechez, ni se aumenta por riqueza. Dijo Abū ʿUmar: y se toma de sus pobres según lo que puedan soportar, aunque sea un dírham. A esto volvió Mālik. Dijeron Abū Ḥanīfa y sus compañeros, Muḥammad b. al-Ḥasan y Aḥmad b. Ḥanbal: doce, veinticuatro y cuarenta. Dijo aṯ-Ṯawrī: se transmitió de ʿUmar b. al-Ḫaṭṭāb, sobre ello, tributos diversos; al gobernador le es lícito tomar cualquiera de ellos que quiera, si son gente de pacto. En cuanto a la gente de armisticio, no hay sino aquello sobre lo que se pactó.

La quinta.— Dijeron nuestros sabios —Dios tenga misericordia de ellos—: lo que indica el Corán es que la yizia se toma de los varones combatientes, porque Él —altísimo sea— dijo: «Combatid a quienes…» hasta Su dicho: «hasta que paguen la yizia», lo cual exige su obligatoriedad para quien combate. Y ello indica que no recae sobre el esclavo aunque sea combatiente, porque no posee bienes; y porque Él —altísimo sea— dijo: «hasta que paguen». No se dice de quien no posee: «hasta que pague». Esto es consenso de los sabios: la yizia se impone únicamente sobre las cabezas de los varones libres adultos, y ellos son quienes combaten, a diferencia de las mujeres, la descendencia, los esclavos, los locos dominados en su razón y el anciano decrépito. Se discrepó respecto de los monjes: Ibn Wahb transmitió de Mālik que no se toma de ellos. Dijeron Muṭarrif e Ibn al-Māǧišūn: esto es si no se hizo monje después de que se impusiera; pues si se impuso y luego se hizo monje, su monacato no la hace caer.

La sexta.— Si la gente de la yizia paga la yizia, no se toma de ellos nada de sus frutos, ni de su comercio, ni de sus cultivos, salvo que comercien en tierras distintas de aquellas en las que fueron asentados y con las que se pactó. Si salen como comerciantes de su tierra —en la que fueron asentados— a otra, se toma de ellos el diezmo cuando vendan y conviertan[7927] el precio en efectivo en sus manos, aunque ello ocurra varias veces en el año; excepto cuando transporten alimentos —trigo y aceite— a Medina y La Meca en particular: entonces se toma de ellos la mitad del diezmo, conforme a lo que hizo ʿUmar. Entre la gente de Medina hay quien no ve que se tome de la gente de la protección el diezmo de su comercio sino una vez al año, como se toma de los musulmanes. Es la doctrina de ʿUmar b. ʿAbd al-ʿAzīz y de un grupo de imames juristas. La primera es la opinión de Mālik y sus compañeros.

La séptima.— Si la gente de la yizia entrega su yizia —la que se les impuso o la que se pactó con ellos— se les deja con todos sus bienes, y con sus viñas y su prensado, mientras oculten sus vinos y no anuncien su venta a un musulmán; y se les impide mostrar el vino y el cerdo en los mercados de los musulmanes. Si muestran algo de ello, se derrama el vino sobre ellos, y se disciplina a quien muestre el cerdo. Si un musulmán lo derrama sin que ellos lo hayan mostrado, ha incurrido en transgresión y debe indemnización. Y se dijo: no debe, y si lo usurpa debe devolvérselo. No se les objeta en sus juicios ni en su comercio entre ellos con usura. Si litigan ante nosotros, el juez tiene elección: si quiere, juzga entre ellos conforme a lo que Dios ha revelado; y si quiere, se aparta. Y se dijo: juzga entre ellos en los agravios en todo caso, y se toma del fuerte de ellos para el débil de ellos, porque esto entra en el capítulo de la defensa en su favor. Al imām le incumbe combatir por ellos contra su enemigo y servirse de ellos en su combate. No tienen parte en el fayʾ. Y en lo que se pactó con ellos de iglesias, no aumentan sobre ello; no se les impide reparar lo que se haya derrumbado de ellas; y no tienen vía para edificar otras nuevas. En el vestido y la apariencia se les impone aquello por lo cual se distingan[7928] de los musulmanes, y se les impide asemejarse a la gente del islam. No hay inconveniente en comprarles los hijos del enemigo si no tienen protección. Quien se obstina en entregar su yizia es disciplinado por su obstinación[7929], y se le toma de él en estado de abatimiento.

La octava.— Los sabios discreparon acerca de por qué se hizo obligatoria la yizia. Los sabios mālikíes dijeron: se hizo obligatoria como sustituto de la muerte, a causa de la incredulidad. Dijo aš-Šāfiʿī: se hizo obligatoria como sustituto de la sangre y de la residencia en la morada.

La utilidad de la discrepancia es que, si decimos que se hizo obligatoria como sustituto de la muerte, si se islamiza cae de él la yizia por lo pasado, aunque se islamice un día antes de completarse el año o después de él, según Mālik. Según aš-Šāfiʿī, es una deuda asentada en la responsabilidad, y el islam no la hace caer, como el alquiler de la casa. Algunos ḥanafíes dijeron como nosotros. Y algunos de ellos dijeron: solo se hizo obligatoria como sustituto de la ayuda y el yihād. Lo eligió el cadí Abū Zayd y afirmó que es el secreto de Dios en la cuestión. La opinión de Mālik es más correcta, por el dicho del Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz—: «No hay yizia sobre un musulmán». Dijo Sufyān: su sentido es que, si el protegido se islamiza después de que la yizia se le haya hecho obligatoria, queda anulada para él. Lo transmitieron at-Tirmiḏī y Abū Dāwūd. Dijeron nuestros sabios: a ello apunta Su dicho —altísimo sea—: «hasta que paguen la yizia de propia mano, estando abatidos», porque con el islam desaparece este significado. No hay discrepancia en que, si se islamizan, no pagan la yizia de propia mano estando abatidos. Aš-Šāfiʿī no toma después del islam según la forma que Dios —altísimo sea— mencionó. Más bien dice: la yizia es una deuda; se hizo obligatoria por una causa previa, que es la residencia o evitar el mal de la muerte; así se volvió como todas las deudas.

La novena.— Si el imām pacta con la gente de una ciudad o fortaleza y luego ellos rompen su pacto, y se abstienen de entregar lo que les incumbe de yizia y otras cosas, y se abstienen del juicio del islam sin que hayan cometido injusticia, y el imām no es injusto con ellos, es obligatorio para los musulmanes invadirlos y combatirlos con su imām. Si combaten y son vencidos, se aplica sobre ellos el dictamen de la morada de guerra por igual. Y se ha dicho: ellos y sus mujeres son botín, y no hay quinto sobre ellos; y es una doctrina.

La décima.— Si salen como merodeadores, cortando el camino, son como los musulmanes salteadores, si no han impedido la yizia. Si salen quejándose de injusticia, se examina su asunto, se les devuelve a la protección y se les hace justicia frente a su opresor; no se esclaviza a ninguno de ellos, pues son libres. Si algunos de ellos rompen y otros no, quien no rompió permanece en su pacto y no se le toma por la ruptura de otro; y se conoce su permanencia en el pacto por su reprobación a los que rompen.

La undécima.— Yizia tiene el patrón faʿla, de ǧazā yaǧzī, cuando retribuye por lo que se le ha dispensado; como si la dieran como retribución por lo que se les concedió de seguridad. Es como al-qaʿda y al-ǧalsa. De este sentido es el dicho del poeta:

«Te retribuye o te elogia; y, ciertamente, quien te elogia por lo que hiciste es como quien retribuye».

La duodécima.— Muslim transmitió de Hišām b. Ḥakīm b. Ḥizām que pasó junto a unas gentes de los nabateos[7930] en el Šām, a quienes habían puesto al sol —en una versión: y se vertía aceite sobre sus cabezas—. Dijo: ¿qué les ocurre? Le dijeron: se les retiene por la yizia. Entonces Hišām dijo: Doy testimonio de que oí al Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— decir: «Dios castigará a quienes castigan a la gente en este mundo». En una versión: su gobernador entonces era ʿUmayr b. Saʿd sobre Palestina; entró donde él, se lo contó, y ordenó respecto de ellos, y fueron liberados. Dijeron nuestros sabios: en cuanto a castigarlos si se abstienen de pagarla pese a poder hacerlo, es lícito; pero si se evidencia su incapacidad, no es lícito castigarlos, porque quien es incapaz de la yizia, esta cae de él. No se obliga a los ricos a pagarla por los pobres. Abū Dāwūd transmitió de Ṣafwān b. Sulaym, de varios hijos de los compañeros del Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz—, de sus padres, que el Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— dijo: «Quien oprima a un protegido, o lo menoscabe, o le imponga por encima de su capacidad, o le tome algo sin su buen agrado, yo seré su adversario el Día de la Resurrección».

La decimotercera.— Su dicho —altísimo sea—: «de propia mano». Dijo Ibn ʿAbbās: que la entregue por sí mismo, sin delegar en nadie. Abū l-Buḫtarī transmitió de Salmān que dijo: humillados. Y Maʿmar transmitió de Qatāda que dijo: por coerción. Y se dijo: «de propia mano», es decir, por un favor vuestro hacia ellos, porque cuando se les toma la yizia se les ha favorecido con ello. ʿIkrima: la entrega estando él de pie y el receptor sentado. Y lo dijo Saʿīd b. Ǧubayr. Ibn al-ʿArabī: esto no procede de Su dicho «de propia mano», sino de Su dicho: «estando abatidos».

La decimocuarta.— Los imames transmitieron de ʿAbd Allāh b. ʿUmar que el Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz— dijo: «La mano superior es mejor que la mano inferior; la mano superior es la que da, y la inferior es la que pide». Y se transmitió: «y la mano superior es la que entrega». Hizo la mano del que da en la limosna superior, y la mano del que da en la yizia inferior; y la mano del que toma, superior. Eso es porque Él es quien eleva y abate: eleva a quien quiere y abate a quien quiere. No hay divinidad sino Él.

La decimoquinta.— De Ḥabīb b. Abī Ṯābit, que dijo: Vino un hombre a Ibn ʿAbbās y dijo: la tierra del jarāǧ resulta gravosa para sus gentes; ¿puedo yo poblarla, cultivarla y pagar su jarāǧ? Dijo: no. Y vino otro y le dijo lo mismo, y dijo: no; y recitó Su dicho —altísimo sea—: «Combatid a quienes no creen en Dios ni en el Último Día» hasta Su dicho: «estando abatidos». ¿Acaso uno de vosotros se dirige al abatimiento que está en el cuello de uno de ellos, lo arranca y se lo pone en su propio cuello? Y dijo Kulayb b. Wāʾil: Dije a Ibn ʿUmar: he comprado una tierra. Dijo: la compra es buena. Dije: doy por cada ǧarīb[7931] de tierra un dírham y un qafīz de alimento. Dijo: no pongas en tu cuello abatimiento. Y Maymūn b. Mihrān transmitió de Ibn ʿUmar —Dios esté complacido con ambos— que dijo: no me alegraría poseer toda la tierra por una yizia de cinco dírhams, en la que se me ordene el abatimiento sobre mí mismo.

[7923] [7924] [7925] [7926] [7927] [7928] [7929] [7930] [7931]

Notas y Referencias

[7923] Los قوم se pusieron de acuerdo sobre un solo asunto: se congregaron en ello.

[7924] Véase la p. 72 de este volumen.

[7925] Por su dicho —la oración y la paz sean con él—: «Tratadlos conforme a la práctica de la Gente del Libro».

[7926] Así en ب, ج, هـ, ى; y en ك: «los higos».

[7927] Naḍḍ el dinero: se volvió efectivo tras haber sido mercancía.

[7928] En ج: «con lo que se distinguen».

[7929] Al-ladad: la disputa intensa.

[7930] Los nabateos: los campesinos de los no árabes.

[7931] El ǧarīb de tierra: algunos dijeron que son diez mil codos. Véase al-Miṣbāḥ, pues allí se menciona la discrepancia. Y el qafīz: una medida, que equivale a ocho makākīk.