65

El Divorcio

الطلاق At-Talaq
Aya 2

Versículo (Español)

[65:2] Cuando estén por finalizar su período de espera, pueden reconciliarse de forma justa o divorciarse definitivamente en términos justos. Háganlo ante dos testigos neutrales de entre ustedes, y cumplan con su testimonio por Dios. Al cumplimiento de estas leyes es que se exhorta a quien cree en Dios y en el Día del Juicio. Sepan que a quien tenga temor de Dios, Él le dará una solución,

Tafsir de Al-Qurtubi

{Y cuando hayan alcanzado su término, retenedlas conforme a lo reconocido o separaos de ellas conforme a lo reconocido; y haced testificar a dos hombres justos de entre vosotros, y estableced el testimonio por Allah. Con ello se exhorta a quien cree en Allah y en el Último Día. Y a quien tema a Allah, Él le dispondrá una salida} (2) Su dicho —Exaltado sea—: «Y cuando hayan alcanzado su término» esto es: cuando estén próximas a la conclusión de la ‘idda, como Su dicho —Exaltado sea—: «Y cuando divorciéis a las mujeres y alcancen su término, retenedlas [15079]» [al-Baqara: 231] esto es: cuando estén cerca de la expiración del plazo. «retenedlas conforme a lo reconocido» esto significa: la revocación (raŷ‘a) conforme a lo reconocido; esto es, con deseo, sin intención de perjudicar en la revocación alargando su ‘idda. Como ya se expuso en «al-Baqara [15080]». «o separaos de ellas conforme a lo reconocido» esto es: dejadlas hasta que concluya su ‘idda, y entonces serán dueñas de sí mismas. Y en Su dicho —Exaltado sea—: «Y cuando hayan alcanzado su término» hay lo que exige que la palabra sea la palabra de la mujer respecto a la conclusión de la ‘idda, si ella lo alega, conforme a lo que hemos aclarado en la sura «al-Baqara» al llegar a Su dicho —Exaltado sea—: «y no les es lícito ocultar lo que Allah ha creado en sus vientres» [al-Baqara: 228] la aleya [15081]

en ello hay seis cuestiones:

La primera.— Su dicho —Exaltado sea—: «y haced testificar» es una orden de hacer testificar [15082] sobre el divorcio. Y se ha dicho: sobre la revocación. Y lo aparente es que remite a la revocación y no al divorcio. Pues si revoca sin testificación, acerca de la validez de la revocación hay dos opiniones entre los juristas. Y se ha dicho: el sentido es: haced testificar tanto en la revocación como en la separación, ambas. Esta testificación es recomendada según Abū Ḥanīfa, como Su dicho —Exaltado sea—: «y haced testificar cuando contratéis una compraventa [15083]» [al-Baqara: 282]. Y según al-Šāfi‘ī es obligatoria en la revocación, y recomendada en la separación. La utilidad de la testificación es que no se produzca entre ambos negación recíproca, y que no se le impute mala intención en retenerla, y para que no muera uno de los dos y el superviviente alegue la subsistencia del vínculo matrimonial [15084] para heredar.

La segunda.— La testificación, según la mayoría de los sabios, respecto a la revocación es recomendación. Si mantiene relaciones, o besa, o tiene contacto íntimo queriendo con ello la revocación, y pronuncia la revocación queriendo con ello la revocación, entonces es revocante según Mālik; pero si no pretende con ello la revocación, no es revocante. Y dijo Abū Ḥanīfa y sus compañeros: si besa, o tiene contacto íntimo, o toca con deseo, ello es revocación. Y dijeron: y la mirada a la vulva es revocación. Y dijeron al-Šāfi‘ī y Abū Ṯawr: si pronuncia la revocación, ello es revocación. Y se ha dicho: su coito es revocación en todo caso, la haya pretendido o no. Se transmitió esto de un grupo de los compañeros de Mālik. A ello fue al-Layṯ. Y Mālik solía decir: si copula sin intención de revocación, es un coito inválido, y no vuelve a copular con ella hasta que ella se purifique (istibrā’) de su semen inválido; y él tiene la revocación en lo que reste de la primera ‘idda, pero no tiene revocación durante este istibrā’.

La tercera.— Aḥmad ibn Ḥanbal, en una de sus dos opiniones, hizo obligatoria la testificación en la revocación; y al-Šāfi‘ī igualmente, por el sentido aparente de la orden. Y dijeron Mālik, Abū Ḥanīfa, Aḥmad y al-Šāfi‘ī en la otra opinión: la revocación no requiere aceptación, por lo que no requiere testificación, como los demás derechos; y en particular, como la licitud tras el ẓihār mediante la expiación. Dijo Ibn al-‘Arabī: los compañeros de al-Šāfi‘ī construyeron, sobre la obligatoriedad de la testificación en la revocación, que no es válido que diga: «yo había revocado ayer y hoy hago testificar sobre el reconocimiento de la revocación»; y siendo condición de la revocación la testificación, no es válida sin ella. Esto es corrupto, edificado sobre que la testificación en la revocación es un acto de pura obediencia ritual. Y nosotros no lo admitimos, ni en ella ni en el matrimonio, sino que decimos: es un lugar de aseguramiento; y eso existe en el reconocimiento como existe en el acto constitutivo.

La cuarta.— Quien, tras la conclusión de la ‘idda, alegue que revocó a su mujer durante la ‘idda: si ella le cree, es válido; y si lo niega, ella jurará. Si él aporta prueba de que la revocó durante la ‘idda y ella no lo supo, su ignorancia de ello no le perjudica, y ella es su esposa. Y si ella se hubiera casado y el segundo no hubiera consumado con ella, y luego el primero aportara prueba de su revocación, de Mālik hay dos transmisiones al respecto: una, que el primero tiene más derecho sobre ella; y la otra, que el segundo tiene más derecho sobre ella. Pero si el segundo ya consumó con ella, no hay camino para el primero hacia ella.

La quinta.— Su dicho —Exaltado sea—: «dos hombres justos de entre vosotros» dijo al-Ḥasan: de entre los musulmanes. Y de Qatāda: de entre vuestros libres. Esto exige que el testimonio sobre la revocación se restrinja a los varones y no a las mujeres, porque «dos hombres» está en masculino. Por ello dijeron nuestros sabios: las mujeres no tienen intervención salvo en lo relativo a los bienes. Esto ya pasó en la sura «al-Baqara [15085]».

La sexta.— «y estableced el testimonio por Allah» esto es: buscando acercamiento a Allah al establecer el testimonio en su forma debida, cuando haya necesidad de él, sin sustitución ni alteración. Ya pasó en la sura «al-Baqara» su sentido al llegar a Su dicho —Exaltado sea—: «más recto para el testimonio [15086]» [al-Baqara: 282]. «Con ello se exhorta» esto es: se complace con ello. «a quien cree en Allah y en el Último Día» pues el no creyente no se beneficia de estas exhortaciones.

Su dicho —Exaltado sea—: «Y a quien tema a Allah, Él le dispondrá una salida» Del Profeta —Allah le bendiga y le conceda paz— se transmitió que fue preguntado acerca de quien divorcia tres veces, o mil: «¿tiene alguna salida?»; y recitó esta aleya. Y dijeron Ibn ‘Abbās, al-Ša‘bī y al-Ḍaḥḥāk: esto concierne al divorcio en particular; esto es: quien divorcie como Allah le ordenó, tendrá para él una salida en la revocación durante la ‘idda, y en ser como uno de los pretendientes tras la ‘idda. Y de Ibn ‘Abbās también: «Él le dispondrá una salida»: lo salvará de toda angustia en la vida mundana y en la Otra. Y se ha dicho: la salida es que Allah le haga contentarse con lo que le ha provisto; lo dijo ‘Alī ibn Ṣāliḥ. Y dijo al-Kalbī: «Y a quien tema a Allah» mediante la paciencia ante la calamidad, «Él le dispondrá una salida» del Fuego al Paraíso. Y dijo al-Ḥasan: una salida de aquello que Allah ha prohibido. Y dijo Abū al-‘Āliya: una salida de toda estrechez. Al-Rabī‘ ibn Ḫayṯam: «Él le dispondrá una salida» de toda cosa que se haya estrechado para la gente. Al-Ḥusayn ibn al-Faḍl: «Y a quien tema a Allah» en el cumplimiento de las obligaciones, «Él le dispondrá una salida» del castigo. «y le proveerá» la recompensa «por donde no lo espera» esto es: le bendecirá en lo que le ha dado. Y dijo Sahl ibn ‘Abdallāh: «Y a quien tema a Allah» en seguir la Sunna, «Él le dispondrá una salida» del castigo de la gente de las innovaciones, y le proveerá el Paraíso por donde no lo espera. Y se ha dicho: «Y a quien tema a Allah» respecto al sustento, cortando los apegos, Él le dispondrá una salida mediante la suficiencia. Y dijo ‘Umar ibn ‘Uṯmān al-Ṣadafī: «Y a quien tema a Allah», deteniéndose en Sus límites y evitando Sus desobediencias, Él lo sacará de lo ilícito a lo lícito, de la estrechez a la amplitud, y del Fuego al Paraíso.

Notas y Referencias

[15079] Véase t. 3, p. 155 y p. 118.

[15080] Véase t. 3, p. 155 y p. 118.

[15081] Véase t. 3, p. 155 y p. 118.

[15082] En A: «orden de dictar la testificación...».

[15083] Véase t. 3, p. 377.

[15084] En Ḥ, S: «subsistencia de la revocabilidad (raŷ‘iyya)».

[15085] Véase t. 3, p. 394.

[15086] Véase t. 3, p. 401.