4

Las Mujeres

النساء An-Nisa
Aya 7

Versículo (Español)

[4:7] A los varones les corresponde un porcentaje de la herencia que dejen los padres y parientes más cercanos, y a las mujeres otro porcentaje de lo que los padres y parientes más cercanos dejen. Fuere poco o mucho, les corresponde [por derecho] un porcentaje determinado de la herencia.

Tafsir de Al-Qurtubi

{لِّلرِّجَالِ نَصِيبٞ مِّمَّا تَرَكَ ٱلۡوَٰلِدَانِ وَٱلۡأَقۡرَبُونَ وَلِلنِّسَآءِ نَصِيبٞ مِّمَّا تَرَكَ ٱلۡوَٰلِدَانِ وَٱلۡأَقۡرَبُونَ مِمَّا قَلَّ مِنۡهُ أَوۡ كَثُرَۚ نَصِيبٗا مَّفۡرُوضٗا} (7) En ella hay cinco cuestiones:

La primera: Cuando Dios —exaltado sea— mencionó el asunto de los huérfanos, lo enlazó con la mención de las herencias. La aleya descendió acerca de Aws b. Thābit al-Anṣārī: falleció y dejó una esposa llamada Umm Kuǧǧa y tres hijas suyas de ella. Entonces se levantaron dos hombres, que eran los hijos de los tíos paternos del difunto y sus albaceas, llamados Suwayd y ʿArfaǧa, y tomaron su hacienda sin dar nada a su esposa ni a sus hijas. En la ǧāhiliyya no hacían heredar a las mujeres ni al menor, aunque fuese varón, y decían: «No se da sino a quien combate a lomos de los corceles, hiere con la lanza, golpea con la espada y se hace con el botín». Umm Kuǧǧa mencionó esto al Mensajero de Dios —Dios le bendiga y le conceda paz—, y él los llamó. Dijeron: «¡Oh Mensajero de Dios! Sus hijos no montan a caballo, ni cargan peso, ni hostigan a un enemigo». Él —sobre él la paz— dijo: «(Marchaos hasta que vea qué dispone Dios para mí respecto de ellas)». Entonces Dios hizo descender esta aleya como refutación contra ellos y como invalidación de su dicho y de su proceder por su ignorancia; pues los herederos menores deberían haber sido más merecedores del patrimonio que los mayores, por no poder disponer ni velar por sus intereses. Pero invirtieron el dictamen y anularon la sabiduría: se extraviaron por sus pasiones y erraron en sus opiniones y actuaciones.

La segunda: Dijeron nuestros sabios: en esta aleya hay tres beneficios. El primero: la exposición de la causa de la herencia, que es el parentesco. El segundo: la generalidad del parentesco, sea como fuere, de cercano o de lejano. El tercero: la formulación sumaria de la porción obligatoria. Esto se explica en la aleya de las herencias; así, en esta aleya hubo una preparación para el dictamen y una invalidación de aquella opinión corrupta, hasta que llegó la aclaración suficiente.

La tercera: Está establecido que Abū Ṭalḥa, cuando dio en limosna su propiedad —el pozo Ḥāʾ— y lo mencionó al Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz—, este le dijo: «(Ponla entre los pobres de tus parientes)». Y la destinó a Ḥassān y a Ubayy. Dijo Anas: «(Y ambos eran más cercanos a él que yo)». Dijo Abū Dāwūd: Me ha llegado de Muḥammad b. ʿAbd Allāh al-Anṣārī que dijo: Abū Ṭalḥa al-Anṣārī es Zayd b. Sahl b. al-Aswad b. Ḥarām b. ʿAmr b. Zayd Manāt b. ʿAdī b. ʿAmr b. Mālik b. al-Najjār. Y Ḥassān b. Thābit b. al-Mundhir b. Ḥarām: ambos se encuentran en el tercer padre, que es Ḥarām. Y Ubayy b. Kaʿb b. Qays b. ʿUbayd b. Zayd b. Muʿāwiya b. ʿAmr b. Mālik b. al-Najjār. Dijo al-Anṣārī: entre Abū Ṭalḥa y Ubayy hay seis padres. Dijo: y ʿAmr b. Mālik reúne a Ḥassān, a Ubayy b. Kaʿb y a Abū Ṭalḥa. Dijo Abū ʿUmar: en esto hay lo que decide que el parentesco es lo que se da en este número de ascendientes y semejante; y lo que esté por debajo de ello es aún más digno de que se le aplique el nombre de parentesco.

La cuarta: Su dicho —exaltado sea—: «mimmā qalla minhu aw kathura naṣīban mafrūḍan» (“de ello, poco o mucho, una porción prescrita”). Dios —exaltado sea— afirmó para las hijas una porción en la herencia, pero no aclaró cuánto era. Entonces el Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz— envió a Suwayd y a ʿArfaǧa ordenándoles que no repartieran nada de los bienes de Aws, pues Dios había asignado a sus hijas una porción sin aclarar cuánto era, hasta que yo vea lo que haga descender nuestro Señor. Entonces descendió: «{يُوصِيكُمُ ٱللَّهُ فِيٓ أَوۡلَٰدِكُمۡ}» [Las mujeres: 11] hasta Su dicho —exaltado sea—: «{ٱلۡفَوۡزُ ٱلۡعَظِيمُ}» [Las mujeres: 13]. Y les envió: «(Dad a Umm Kuǧǧa el octavo de lo que dejó Aws; a sus hijas, los dos tercios; y para vosotros, el resto del patrimonio)».

La quinta: Nuestros sabios dedujeron de esta aleya la división del caudal hereditario conforme a las cuotas obligatorias (farāʾiḍ) cuando en ello hay alteración respecto de su estado, como el baño, la casa y el bīdar [4033] de los olivos, y la vivienda cuyas utilidades se anulan por el asentamiento en ella de los titulares de las cuotas. Mālik dijo: eso se divide aunque en la parte de alguno de ellos no haya nada de lo que pueda beneficiarse, por Su dicho —exaltado sea—: «mimmā qalla minhu aw kathura naṣīban mafrūḍan» (“de ello, poco o mucho, una porción prescrita”). Es la opinión de Ibn Kināna, y así lo sostuvo al-Šāfiʿī; y algo semejante es el dicho de Abū Ḥanīfa. Dijo Abū Ḥanīfa: en una casa pequeña entre dos, si uno de ellos pide la división y su compañero se niega, se le divide. Dijo Ibn Abī Laylā: si entre ellos hay quien no se beneficia de lo que se le dividiría, no se divide. Y toda división en la que el perjuicio recaiga sobre uno de los dos y no sobre el otro, no se divide; y es la opinión de Abū Thawr. Dijo Ibn al-Mundhir: y esta es la más correcta de las dos opiniones. Y lo transmitió Ibn al-Qāsim de Mālik en lo que mencionó Ibn al-ʿArabī. Dijo Ibn al-Qāsim: y yo opino que todo lo que no se divide de casas, viviendas y baños, y cuya división entraña perjuicio y no se aprovecha cuando se divide, debe venderse y no hay en ello derecho de retracto (šufʿa); por su dicho —sobre él la paz—: «(La retractación es en todo lo que no se divide; y cuando se fijan los linderos, no hay retractación)». Así, él —sobre él la paz— estableció la retractación en todo aquello en lo que es posible fijar linderos, y vinculó la retractación a lo que no se divide de aquello en lo que es posible fijar linderos. Esta es la indicación del ḥadiz. Dije: y entre los argumentos para esta opinión está lo que al-Dāraquṭnī transmitió del ḥadiz de Ibn Jurayǧ: me informó Ṣadīq b. Mūsā, de Muḥammad b. Abī Bakr, de su padre, del Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz—, que dijo: «(No hay fraccionamiento para los herederos salvo aquello que soporte la división)». Dijo Abū ʿUbayd: es que el hombre muera y deje algo que, si se divide entre sus herederos, habría en ello perjuicio para todos ellos o para algunos. Es decir: no se divide. Y eso es como la joya, el baño, el ṭaylasān y cosas semejantes. Y al-taʿḍiya es la separación; se dice: ʿaḍaytu la cosa cuando la separé. De ello es Su dicho —exaltado sea—: «{ٱلَّذِينَ جَعَلُواْ ٱلۡقُرۡءَانَ عِضِينَ}» [4034][al-Ḥiǧr: 91]. Y dijo —exaltado sea—: «{غَيۡرَ مُضَآرّٖ}» [Las mujeres: 12], negando el perjuicio. Asimismo dijo —sobre él la paz—: «(No hay daño ni reciprocidad en el daño)». Además, la aleya no trata de la división; lo que la aleya exige es la obligatoriedad de la parte y la porción para el menor y el mayor, sea poco o mucho, como refutación a la ǧāhiliyya, pues dijo: «{لِّلرِّجَالِ نَصِيبٞ}» y «{وَلِلنِّسَآءِ نَصِيبٞ}» [Las mujeres: 32]. Esto es muy evidente. En cuanto a hacer efectivo ese derecho, solo se toma de otra prueba: y es que el heredero diga: “Se me ha hecho obligatoria una porción por el dicho de Dios —poderoso y majestuoso—; así pues, ponedme en posesión de ella”. Entonces su copropietario le dice: “En cuanto a ponerte en posesión por vía de atribución exclusiva, no es posible, porque conduce a un perjuicio entre tú y yo: por la corrupción del bien, el cambio de su configuración y la disminución de su valor”. Entonces se produce la ponderación. Y lo más aparente es la caída de la división cuando anula el aprovechamiento y disminuye el patrimonio, junto con lo que hemos mencionado como prueba. Y Dios es quien concede el acierto. Dijo al-Farrāʾ: «naṣīban mafrūḍan» es como decir: una porción obligatoria y un derecho vinculante; es un nombre con sentido de maṣdar, y por eso está en acusativo. Al-Zajjāj: está en acusativo como ḥāl; es decir: para estos hay porciones en estado de prescripción. Al-Aḫfaš: es decir, Dios les asignó una porción. Y al-mafrūḍ: lo determinado, lo obligatorio.

[4033] :Así en Z. Es el lugar donde se trilla el grano y donde se reúne el alimento. En Ḥ, Y y A: بذ, quizá por su dicho: tamarbadh: “disperso”. En D, J, W, W, B, H, Ṭ: بد. Y no es claro en el sentido. [4034] :Véase t. 10, p. 58.

Notas y Referencias

[4033] Así en Z. Es el lugar donde se trilla el grano y donde se reúne el alimento. En Ḥ, Y y A: بذ, quizá por su dicho: tamarbadh: “disperso”. En D, J, W, W, B, H, Ṭ: بد. Y no es claro en el sentido.

[4034] Véase t. 10, p. 58.