4

Las Mujeres

النساء An-Nisa
Aya 161

Versículo (Español)

[4:161] Lucraban con la usura siendo que les estaba prohibido, y estafaban engañando a la gente. Les tenemos reservado un castigo doloroso a quienes de entre ellos negaron la verdad [a pesar de conocerla].

Tafsir de Al-Qurtubi

{Y por haber tomado la usura, cuando se les había prohibido, y por haber devorado los bienes de la gente injustamente. Y hemos preparado para los incrédulos de entre ellos un castigo doloroso} (161) "Y por haber tomado la usura, cuando se les había prohibido, y por haber devorado los bienes de la gente injustamente" Todo ello es exégesis de la injusticia que practicaron; y asimismo lo anterior —su quebrantamiento del pacto— y lo posterior. Ya se expuso en "Āl ʿImrān [5126]" que la discrepancia de los sabios acerca de la causa de la prohibición se reduce a tres opiniones; esta es una de ellas.

La segunda: Dijo Ibn al-ʿArabī: no hay discrepancia, en la doctrina de Mālik, en que los incrédulos están sujetos al خطاب (interpelación normativa). Dios ha aclarado en esta aleya que se les había prohibido la usura y devorar los bienes injustamente. Si esto es una información acerca de lo que descendió sobre Muḥammad en el Corán y de que ellos entraron en el خطاب, entonces así sea y excelente; y si es una información acerca de lo que Dios hizo descender sobre Moisés en la Torá, y de que ellos sustituyeron, tergiversaron, desobedecieron y contravinieron, ¿nos es lícito tratar con ellos —siendo que la gente ha corrompido sus bienes en su religión— o no? Un grupo pensó que no es lícito tratar con ellos, por la corrupción que hay en sus bienes. Lo correcto es la licitud de tratar con ellos pese a su usura y a su incursión en lo que Dios —glorificado sea— les prohibió; pues se ha establecido la prueba decisiva de ello, por Corán y Sunna. Dijo Dios —Altísimo—: "Y el alimento de quienes recibieron la Escritura os es lícito [5127]" [al-Māʾida: 5] Y esto es un texto explícito. El Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz— trató con los judíos, y murió teniendo su cota de malla empeñada en manos de un judío por cebada que tomó para su familia [5128] Y lo que corta de raíz la enfermedad de la duda y la discrepancia es el consenso de la comunidad sobre la licitud del comercio con la gente de la guerra; y el Profeta —Dios le bendiga y le conceda paz— viajó hacia ellos como comerciante. Ese viaje suyo es un asunto concluyente respecto a la licitud de viajar hacia ellos y comerciar con ellos. Y si se dijera: eso fue antes de la profecía; decimos: no se mancilló antes de la profecía con nada ilícito —esto está establecido por transmisión múltiple—; no se excusó por ello cuando fue enviado, ni se prohibió cuando fue hecho profeta, ni ninguno de los Compañeros lo interrumpió en vida de él, ni ninguno de los musulmanes tras su muerte. Ellos viajaban para rescatar cautivos —y eso es obligatorio—, y en el marco de la tregua, como cuando envió a ʿUṯmān y a otros; y ello puede ser obligatorio o recomendable. En cuanto a viajar hacia ellos únicamente por comercio, es permitido.

[5126] :Véase t. 4, p. 134 y siguientes. [5127] :Véase p. 75 de este tomo. [5128] :Se observa esto, pese a su notoriedad, junto con lo que es auténtico: que él —Dios le bendiga y le conceda paz— ordenó distribuir siete dinares que tenía en poder de ʿĀʾiša —Dios esté complacido con ella— mientras se hallaba en la agonía. Véase Nihāyat al-arab, t. 18, p. 380.

Notas y Referencias

[5126] Véase t. 4, p. 134 y siguientes.

[5127] Véase p. 75 de este tomo.

[5128] Se observa esto, pese a su notoriedad, junto con lo que es auténtico: que él —Dios le bendiga y le conceda paz— ordenó distribuir siete dinares que tenía en poder de ʿĀʾiša —Dios esté complacido con ella— mientras se hallaba en la agonía. Véase Nihāyat al-arab, t. 18, p. 380.